Rectoría da plazo de cinco días hábiles a FEITEC para presentar documentación sobre el uso de fondos
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  • De no presentar la información al jueves 7 de marzo, se empezará el proceso de cesación del convenio entre el TEC y FEITEC.

 
Amparada en la transparencia, la rendición de cuentas y el resguardo de los fondos públicos, la Rectoría informa que se ha hecho una prevención de cumplimiento a las obligaciones del convenio específico entre el Tecnológico de Costa Rica (TEC) y la FEITEC, relacionado con la gestión del beneficio patrimonial. Dicha prevención fue notificada por medio del oficio R-239-2024, enviado el jueves 29 de febrero.
 
Este convenio, renovado el 18 de junio del 2021, norma todo lo referente a las disposiciones y condiciones de transferencia de recursos económicos a la FEITEC. La Rectoría hace esta advertencia debido al incumplimiento por parte de la FEITEC con lo estipulado en dicho convenio, a saber:
 

  1. Los estados financieros del periodo 2022 al Departamento Financiero Contable.
  2. Presentación del informe de cumplimiento al Plan de Trabajo 2023.
  3. Informe de ejecución y liquidación de presupuesto correspondiente al 2022.

 
Lo anterior de acuerdo con los oficios DFC-268-2023, DFC-393-2023 y DFC-564-202.
 
Asimismo, tampoco presentó ante el Departamento de Financiero lo acordado por el Consejo Institucional, en la sesión No. 3329 del 14 de setiembre del 2023, relacionado con la autorización excepcional de recursos económicos a la FEITEC.  Este acuerdo establecía que la Presidencia de la Federación debía presentar ante el Departamento de Financiero Contable la información establecida en la normativa de procedimientos aplicables correspondiente al cierre del periodo 2022, en un plazo de 45 días hábiles posterior a la publicación de dicho acuerdo.
 

Sobre la prevención

 
Esta prevención establece que en un plazo de cinco días hábiles a partir de la comunicación del oficio R-239-2024, la FEITEC debe presentar al Departamento de Financiero Contable la información solicitada. 
 
De no cumplirse el envío de la información en el plazo otorgado, el cual vence este jueves 7 de marzo, se iniciará el proceso de derogación del convenio entre el TEC y la FEITEC.  De esta forma, a partir del viernes 8 de marzo de 2024, empiezan a correr los 60 días naturales para el cese del convenio, plazo que se cumple el día 8 de mayo del 2024.  Esto responde a lo que dicta la cláusula séptima del convenio.
 

Sobre la responsabilidad de FEITEC

 
El convenio mencionado establece, en la cláusula tercera, entre las responsabilidades de la FEITEC los siguientes aspectos:

"…
e. Elaborar anualmente el Presupuesto de Ingresos y Egresos del beneficio patrimonial para la consecución de su Plan de Trabajo, que estará conformado como mínimo de los siguientes elementos:

  1. Nombre completo del sujeto privado.
  2. Cédula jurídica del sujeto privado.
  3. Clasificación funcional de los recursos otorgados: código funcional de los recursos otorgados según el Clasificador Funcional del Gasto del Sector Público vigente emitido mediante decreto ejecutivo.
  4. Finalidad de los recursos otorgados, de conformidad con el catálogo de finalidades, elaborado por la Contraloría General.
  5. Descripción de la finalidad, la cual proporciona el detalle del uso del beneficio.
  6. Plazo estimado de la ejecución del beneficio: es el periodo en meses establecido entre las partes para la ejecución de los recursos transferidos y el cumplimiento de la finalidad para la cual fueron otorgados.


 
h. Ser responsable del contenido de toda la información que suministre al ITCR, por lo tanto, tiene el deber de garantizar la veracidad, integridad y confiabilidad de la información que le brinde.

i. Cumplir con los requisitos generales y específicos requeridos para recibir el beneficio patrimonial, según los procedimientos definidos por el ITCR.

j. Contar con la organización administrativa adecuada para desarrollar y ejecutar el beneficio patrimonial asignado de manera eficiente y eficaz.


l. Mantener los registros contables de la FEITEC al día y presentar trimestralmente los siguientes Estados Financieros al Departamento Financiero del ITCR: Balance de Situación, Estado de Resultados y el Flujo de Efectivo, con sus respectivos comprobantes.