Autoridades UASD acogen recomendaciones del MAP

En un documento suscrito por la rectora, doctora Emma Polanco Melo, se exhorta a los empleados de esa casa de altos estudios a retornar a su lugar de trabajo en la tanda en que les corresponda: Matutina (de 7:30 de la mañana a 1:30 de la tarde y hasta las 3:00 para los que cobran compensación) o vespertina (de 12 del mediodía hasta las 3:00 de pasado meridiano).

Se explica que todos los servidores administrativos de esa institución deberán asistir a sus labores a partir de la citada fecha, a excepción de los que presenten alguna condición de salud que se lo impida y que esté debidamente certificada por un galeno del dispensario médico doctor Tejada Florentino.

En cumplimiento a las normativas establecidas por las autoridades competentes, se mantendrán las condiciones de teletrabajo, desde la casa, para aquellos servidores mayores de 65 años, las embarazadas y quienes padezcan enfermedades de alto riesgo.

La rectora solicita a los vicerrectores, decanos, directores de escuelas y departamentos docentes y administrativos a tomar todas las medidas de lugar con el personal que está bajo su responsabilidad, para garantizar la calidad de vida, mediante el uso de la mascarilla, gel y evitando aglomeraciones en las áreas de trabajo.

Se recuerda que esta decisión se adopta atendiendo a las recomendaciones que por motivo de la pandemia originada por los efectos del COVID-19 han emitido la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Ministerio de Salud de la República Dominicana (MSP).
En la convocatoria, las autoridades subrayan que a los servidores jubilados o pensionados contratados, quienes por su condición de salud o edad no puedan incorporarse a las labores, se les suspende la actividad contratada hasta tanto puedan reintegrarse y solo cobrarán el salario correspondiente a su retiro.

Recalcan también que esas medidas tienen como finalidad el fortalecimiento de la institucionalidad y se enmarcan dentro del cumplimiento de lo establecido tanto en el Estatuto Orgánico y en el Reglamento de Carrera Administrativa de la UASD, como en la Ley de Función Pública y el Reglamento de Ética del Servidor Público.