El Consejo Académico de la UNA emitió directrices temporales para el retiro justificado extraordinario de cursos en el II ciclo, III trimestre y III cuatrimestre de 2020, debido a la afectación de la pandemia sobre el estudiantado.
Reconociendo que la afectación socioeconómica y psicológica producto de la pandemia sobre el estudiantado y su núcleo familiar es grave e incierta, el Consejo Académico (Consaca) de la Universidad Nacional (UNA) emitió directrices temporales para que los y las estudiantes que así lo requieran, puedan solicitar el retiro justificado extraordinario de cursos en el II ciclo, III trimestre y III cuatrimestre de 2020.
Según el acuerdo tomado por este órgano el pasado 9 de setiembre, se autoriza al estudiantado a solicitar a la unidad académica respectiva el retiro extraordinario de cursos en la segunda parte de 2020, en los siguientes plazos, según el calendario universitario:
Cursos II ciclo: Del 10 de agosto al 24 de octubre.
Cursos III trimestre y III cuatrimestre: Del 10 de setiembre al 6 de noviembre.
En el caso de los cursos anualizados, los estudiantes tiempo de hacer el retiro justificado extraordinario hasta el 16 de octubre de 2020.
Exenciones temporales
En el marco de la pandemia, la instrucción temporal exonera a los y las estudiantes del pago de derechos por retiro justificado extraordinario.
También se exonera del pago de los créditos del o los cursos retirados a estudiantes de planes de estudios de grado y posgrado.
En el caso de las carreras de posgrado, al Comité de Gestión Académica le corresponderá autorizar la exoneración del pago de los créditos retirados, de acuerdo al análisis de cada caso particular y de la sostenibilidad financiera del programa de posgrado.
El acuerdo de Consaca establece, además, que el retiro justificado extraordinario no afectará el tipo de beca ni su monto durante el periodo 2020 y 2021, siempre y cuando solamente se retire un único curso y se mantenga un mínimo de 9 créditos matriculados posterior al retiro justificado.
Formulario
La persona interesada en realizar este trámite dentro de los plazos establecidos en el calendario institucional, debe acceder al enlace http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/4633 y descargar el documento denominado "Formulario de retiro extraordinario de cursos".
Luego de completar el formulario, debe entregarlo a la unidad académica, posgrado, sección o sede regional respectiva, junto con los documentos que justifiquen la causa del retiro.
Las causas por las que se autoriza a la población estudiantil el retiro extraordinario de cursos, en el contexto de la pandemia, son las siguientes:
- Imposibilidad de contar con las condiciones adecuadas, en su domicilio, para realizar los cursos en la modalidad de presencialidad remota, que se hayan generado posterior a la matrícula del curso.
- No contar con el equipo tecnológico y acceso a internet para realizar los cursos en la modalidad de presencialidad remota, generados posterior a la matrícula del curso.
- Por reestructuración laboral en la empresa donde labora la persona estudiante, lo que le imposibilita realizar los cursos en la modalidad de presencialidad remota.
- Por caso positivo de COVID-19 de la persona estudiante o de alguna persona de su “burbuja social”, que efectivamente le imposibilite continuar el curso bajo la modalidad de virtualidad remota.
El Consaca y la Vicerrectoría de Docencia instan al estudiantado a revisar las posibles consecuencias de un retiro de cursos en el avance del plan de estudios, tomando en cuenta que la autorización de este no conlleva al levantamiento de requisitos para la matrícula de los cursos del siguiente ciclo.
El acuerdo del órgano académico toma en consideración que en la segunda parte de 2020 se mantiene la afectación de la pandemia, tanto a nivel económico como psicológico, sobre estudiantes universitarios y sus familias.
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